La construcción informal en El Salvador
Allá por 1970, en la antigua Dirección de Urbanismo y Arquitectura (DUA), se desarrolló un instructivo para el proceso de aprobación de proyectos de urbanización, amparándose en la Ley de Urbanismo y Construcción y su Reglamento (Asamblea Legislativa de El Salvador, 1951), al concluir, bajo el supuesto de contar con un instrumento facilitador de trámites, se inició el otorgamiento de permisos a diversos proyectos, sin embargo, aquella labor atendía únicamente a un pequeño sector de la población. Uno de aquellos días «Tita» (nombre ficticio) se acercó desorientada, según «Tita» en una unidad le habían dicho que «tenía que pagar 200 colones», «Tita» vestía muy humildemente y sin zapatos y lloraba mientras comentaba que no tenía más que para los ladrillos del cuarto que pensaba construir, ¿Cómo es posible que no exista una institución que pueda atender, de manera justa, a este sector de población?; tomando en cuenta que la parcelación en donde «Tita» tenía su terreno era perfectamente legal, se le aconsejó de manera atinada: «no se preocupe, construya su cuarto al final de su lote, ahí no va a tener problemas, solo asegúrese de que se lo haga alguien que sepa». A «Tita» se le recomendó así para ahorrarle el pago de esos duros 200 colones, considerando que la más grande aspiración de aquella humilde mujer era tener su cuarto y que, probablemente, de existir restricciones por una Línea de Construcción(1) estas jamás afectarían. «Tita» se retiró con una sonrisa de agradecimiento. Luego en la misma institución, se elaboraron los Lineamientos para El Sector Informal de Población, para lo cual se visitaron diversos tipos de vivienda informal tales como: mesones, tugurios y lotificaciones ilegales, despertándose un mayor interés en la atención a esta problemática, lastimosamente la gran mayoría no ha mostrado voluntad en buscar una solución de beneficio a estos sectores de población, en donde existen problemas muy profundos de corte social.
Muchos, en el sector privado y público, relacionados con la industria de la construcción, no muestran indicios de atender a esta fracción de la población, instituciones como el Fondo Nacional de Vivienda Popular (Fonavipo) otorgan financiamientos que no llegan a los nichos sociales de más bajos ingresos y así es como El Salvador continuó desarrollándose de manera desordenada, desde el punto de vista de la construcción, principalmente porque los asentamientos que se han ido creando no cuentan con los espacios suficientes para que la población se desarrolle apropiadamente tales como: edificios para educación y salud, espacios públicos de comercio y recreación y desde luego vivienda de calidad. Las llamadas «lotificaciones ilegales» son las que más se han proliferado en todo el territorio, llamadas así por no cumplir con las normas mínimas establecidas, para un nuevo asentamiento urbano, éstas no cuentan con las llamadas «áreas de equipamiento» en donde se destinan porciones para recreación, construcción de escuelas, clínicas y las vías tienen anchos inapropiados; (DE VIVIENDA, I. D. L. P., EL, E. E. S. E., POR, P., & IRAHETA FLORES, J. E. S. S. I. C. A. UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA “JOSÉ SIMEÓN CAÑAS”). Esta situación favorece al intermediario ya que, bajo ese modelo, obtiene un área útil(2) mayor a lo que la normativa actual permite, en beneficio de la población.
Las leyes del urbanismo y construcción nunca han sido respetadas por parceladores o intermediarios, comercializando terrenos no aptos para la construcción, como quebradas, zonas inundables, zonas de retiro(3), entre otros; esta actividad se puede considerar una estafa pues bajo las condiciones físicas en que se encuentran estos lotes, resulta difícil adquirir los respectivos documentos de propiedad (CNR, 2014). En la creación de estas leyes jamás se contemplaron sanciones drásticas ni instrumentos que velasen por su cumplimiento, razón por la que en la actualidad, hay muy poco respeto hacia estas, con excepción de aquel inversionista que necesita de un financiamiento para su proyecto, uno de los requisitos para la obtención de un crédito en la banca local es tener planos de construcción debidamente aprobados. Existen denuncias ante la Procuraduría de los Derechos Humanos, de parte de personas afectadas que ignoran estos procedimientos técnicos, como «Tita», por lo que se ha logrado aprobar una ley paralela a la Ley de Urbanismo y Construcción denominada Ley Especial de Lotificaciones para Uso Habitacional, en alguna medida esta ley contempla cierta normativa para la realización de los simples contratos efectuados entre el futuro adquiriente y el dueño de una propiedad, así como entre este último y los desarrolladores, parcelarios o intermediarios, esto es positivo para que ya no se sigan realizando este tipo de proyectos; la Ley contempla un capítulo transitorio para las existentes hasta la fecha, por lo que se espera ayude a evitar nuevos asentamientos con estas características.
- La Línea de Construcción es un trámite institucional, que se realiza en El Salvador, previo a los permisos propios de la construcción, en el cual se establece el límite a partir del cual pueden realizarse edificaciones en una propiedad, considerando la tipología vial aledaña, servidumbres, planes de desarrollo territorial, entre otros.
- Se considera área útil a toda aquella porción de terreno que se vende a terceros, es decir, a los clientes de un proyecto de parcelación.
- Se considera zona de retiro al área entre el límite de la propiedad y la línea de construcción (ver 1)
Nota: la autora, en una visita de campo realizada, encontró lotes diseñados en una zona 100% inundable.
— Posted on septiembre 5, 2014 at 6:14 pm by Rafael Tobar